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  • Sábado , 20 abril 2024

Yucatán en deuda histórica con la comunidad LGBTI: Activistas

En Julio de 2013, se ganaba en Yucatán el primer amparo de una pareja del mismo sexo a quienes el Registro Civil negaba el derecho a contraer matrimonio. Con esa decisión, se iniciaba un largo camino de batallas, legales por el reconocimiento de los derechos de la disidencia sexual.

 

En este trayecto se ha logrado el reconocimiento, vía judicial, del derecho al libre desarrollo de la personalidad de hombres, mujeres, niñas y niños gays, lesbianas y transgénero a quienes las autoridades les han negado el ejercicio de ese derecho.

Con el objetivo de hacer un balance de lo logrado, se señalan algunas de las principales resoluciones que se han logrado en el estado, donde se han reconocido derechos a personas de la disidencia sexual.

A) RECONOCIMIENTO DE CONCUBINATO.

El 31 de octubre de 2013, el Juzgado Mixto de lo Civil y Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado, con sede en Motul, Yucatán, y a cargo de la Juez Sandra Isabel Bermejo Burgos, emitió sentencia favorable en las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria promovidas para el Reconocimiento de Concubinato, por una pareja de hombres, reconociendo su carácter de concubinos con todos los derechos y obligaciones contemplados en la ley.

B) RECONOCIMIENTO DE FAMILIA LESBOMATERNAL.

El 08 de junio de 2015, el Juzgado Quinto de Distrito amparó a un matrimonio conformado por dos mujeres a quienes el registro civil les había negado la posibilidad de inscribir a su hijo, reconociendo la maternidad de ambas, violando con ello su derecho a fundar una familia. Fue el primer caso a nivel nacional en donde una familia lesbomaternal conseguía una resolución que obligaba al registro civil a inscribir al niño reconociendo la filiación del menor con ambas madres.

C) AMPARO COLECTIVO.

El 28 de junio de 2017, el Tribunal Colegiado en Materia Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, por Unanimidad, determinó conceder un amparo a 80 personas gays y lesbianas que habían presentado un amparo colectivo argumentando que las leyes de Yucatán les discriminaban al no reconocer su derecho a contraer matrimonio.

D) RECONOCIMIENTO DE FAMILIA HOMOPARENTAL.

El 21 de noviembre de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el Amparo en Revisión 553/2018, determinó por unanimidad de cinco votos conceder el amparo a un matrimonio conformado por dos hombres, para el efecto de que el registro civil inscribiera a su hijo reconociendo la paternidad de ambos. Fue el primer caso a nivel nacional en donde a un matrimonio de hombres que había recurrido a técnicas de reproducción asistida: fertilización in vitro y gestación subrogada, para lograr ser padres, se les reconocía la doble filiación.

E) RECONOCIMIENTO DEL CAMBIO ADMINISTRATIVO DE ACTA DE NACIMIENTO PARA UNA PERSONA TRANS.

El día 30 de abril de 2019, el Juzgado Quinto de Distrito, determinó conceder un amparo a una mujer transgénero a quien el Registro Civil le había negado la posibilidad de adecuar su acta de nacimiento a su identidad sexo-genérica. Se trató de la primera sentencia a nivel estatal y una de las primeras a nivel nacional que reconoció vía judicial la obligación del Registro Civil de modificar administrativamente el cambio de sexo de una persona transgénero.

F) RECONOCIMIENTO JUDICIAL DEL DERECHO DE UN NIÑO TRANS AL CAMBIO LEGAL DE SU ACTA DE NACIMIENTO

El 27 de septiembre de 2019, el Juzgado Segundo de Distrito reconoció el derecho de un niño transgénero de 12 años para hacer efectivo su derecho al libre desarrollo de la personalidad, derecho que le había sido negado por el Registro Civil ante quien él y su madre, solicitaron la rectificación de su acta de nacimiento vía administrativa, con la finalidad de adecuar el nombre y sexo con el que fue registrado, a su realidad física, social, así como a su expresión e identidad de género. Fue el primer caso a nivel nacional y uno de los primeros en América Latina, en donde a través de una sentencia se reconocía el derecho de la niñez trans a modificar sus documentos legales, doble filiación.

A pesar de que Yucatán ha sido vanguardia en resoluciones judiciales que han protegido y reconocido derechos de personas LGBTI, generando precedentes cuyo impacto va más allá de la entidad, estas determinaciones no se han visto reflejadas en la adopción de políticas públicas por parte de las autoridades del estado. En Yucatán todavía no se reconoce normativamente el matrimonio igualitario, tampoco se ha discutido la iniciativa presentada para reformar la Ley del Registro Civil para permitir el cambio administrativo de las actas de nacimiento de las personas trans. En el estado no se han tipificado en el código penal los crímenes de odio por homofobia, lesbofobia y transfobia, a pesar de tener un alto índice de delitos con esos componentes, y tampoco se han establecido políticas públicas en el ámbito de la educación, la procuración y administración de justicia y la salud, por mencionar algunos, que reconozcan la realidad y los derechos de las disidencias sexuales.

Muchas de estas peticiones fueron planteadas en una agenda que un espectro amplio de organizaciones presentamos a las y los candidatos previo a las elecciones de 2018. Ninguno de los temas planteados en dicha agenda, disponible en http://indignacion.org.mx/wp http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2018/05/Agenda-Estatal-para-Yucata%CC%81n-Mexicana-LGBTTTl-2.pdf  ha sido retomado por quienes ahora son gobierno. Lo anterior representa no solamente una clara muestra de la ausencia de voluntad política para reconocer derechos a un grupo históricamente discriminado, sino una clara muestra de homofobia y transfobia institucional, una de cuyas más claras expresiones la dio la actual legislatura del Congreso del estado al negarse, el año pasado, en dos ocasiones y en una vergonzosa votación secreta, a reconocer el matrimonio igualitario.

Frente a esta situación resulta indispensable recordar, en este Día del Orgullo, que existe una deuda histórica pendiente por parte de quienes componen los tres niveles de gobierno en el estado de Yucatán. El reconocimiento de derechos para un sector discriminado e invisibilizado no es una dádiva, sino una obligación que tienen todos los poderes en los tres ámbitos de gobierno.

En Yucatán esta deuda subsiste, y en esa lógica nuevamente exigimos a las autoridades del estado, que establezcan las medidas legislativas y administrativas necesarias para que se garantice el derecho de todas las personas a la igualdad, con independencia de su orientación sexual e identidad de género.

Indignación Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C.

Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal A.C.

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