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  • Miércoles , 31 diciembre 2025

Profepa “clausura” Ciudad Maderas

El Centro Inmobiliario del Bajío se extralimitó de la superficie que su MIA tiene permitido para construir.


Mérida, Yucatán a 31 de Diciembre de 2025 (InformaTe Yucatán).- Casi tres meses después de que el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán otorgó una suspensión definitiva al proyecto inmobiliario “Ciudad Maderas” que se desarrolla entre Chelem y Chuburná Puerto en Progreso, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso la clausura temporal parcial y el cese de actividades al proyecto de urbanización.

En un comunicado, la dependencia federal informó que “Luego de detectar el incumplimiento de diversas condicionantes ambientales de su autorización y la remoción no autorizada de vegetación en un área de 6,183 m² en una superficie ubicada fuera del polígono que le fue aprobado en el proyecto “Urbanización Ciudad Maderas Península Fase II”, se determinó la clausura temporal”.

Derivado de una orden de inspección en materia de impacto ambiental, personal de Profepa verificó irregularidades en una superficie total de 151,766 m², correspondientes a 145,583 m² de áreas verdes autorizadas y 6,183 m² ubicados fuera del polígono general de la etapa II del proyecto.

Durante la diligencia se confirmó que la empresa inmobiliaria (Centro Inmobiliario del Bajío), no respetó el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) el 16 de diciembre de 2021.

Se constató el incumplimiento del Término Primero del resolutivo, al observarse remoción de vegetación en áreas verdes, cuando la manifestación de impacto ambiental establece que dichas zonas debían conservar la vegetación existente y ser enriquecidas con especies de la región.

Asimismo, se detectó una superficie de 6,183 m² fuera del polígono autorizado, no contemplada en el MIA. Adicionalmente, se verificó el incumplimiento de las condicionantes ambientales, entre ellas, la introducción de especies exóticas, como coco plumoso y coco en áreas destinadas a casas club, la falta de señalización y delimitación de las áreas de conservación, ya que no se observó la instalación de cuerdas, cintas u otros elementos para proteger dichas zonas previo al inicio de las obras.

Derivado de estos hechos, y ante el riesgo de daño o deterioro grave a los recursos naturales, la Profepa impuso como medida de seguridad la clausura temporal parcial de las áreas mencionadas y el cese de toda actividad, colocando sellos, con fundamento en el artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Tras estos resultados, la Profepa determinará si realiza nuevas inspecciones al proyecto donde se ofrecen terrenos premium.

 

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