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Quiere Vila una Agencia de Transporte de Yucatán

El titular de la ATY saldrá de una terna que será enviada al Congreso. /Podrá ocupar el cargo 15 años.


Mérida, Yucatán a 29 de julio de 2022 (InformaTe Yucatán).- La nueva ley de Movilidad presentada por el gobernador Mauricio Vila al Congreso del Estado, plantea la creación de la Agencia de Transporte de Yucatán cuyo titular saldrá de una terna que enviarán al Poder Legislativo.

Según el documento  “La Agencia de Transporte de Yucatán se encargará de ejecutar todas las acciones relacionadas con la organización, administración y funcionamiento del transporte a nivel local”, acciones que ahora están a cargo del

La Agencia de Transporte de Yucatán no sustituirá al Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial (IMDUT) dependencia que extinguió a la antigua  DTEY y que actualmente tiene las funciones de la ATY.

Se precisa que deberá ser “autónoma” y el titular de dicha agencia durará cinco años en el cargo, además podrá reelegirse hasta por dos períodos, es decir, podrá ocupar el cargo por 15 años, siempre y cuando los Legisladores decidan ratificarlo, por lo que  de aprobarse en esta Legislatura el nombramiento recaerá en Vila Dosal y el siguiente Gobierno no podrá cambiarlo por lo menos los primeros tres años.

La nueva Ley de Movilidad impulsada por Vila no solo plantea nuevas concesiones de transporte, también deroga varias normas, la actual Ley de Transporte, la Ley de Seguridad Vial y la Ley de Fomento al Uso de la Bicicleta.

En un plazo de 365 días se deberá expedir de la Ley Orgánica de la Agencia de Transporte de Yucatán,  la legislación secundaria, expedir el Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Yucatán y en tanto eso ocurre, se continuará aplicando el Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán, en lo que no se oponga a la nueva ley.

También se aclara que en tanto se expide la Ley Orgánica de la Agencia de Transporte de Yucatán, la persona titular del Poder Ejecutivo y la del Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial ejercerán las facultades que la Constitución y la nueva ley le otorgan a la referida agencia, de manera que no se interrumpa la aplicación de las disposiciones.

A su vez, se dispone el plazo para la instalación del Comité Estatal de Movilidad y Seguridad Vial, que se propone sea de treinta días naturales.

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