Mérida, Yucatán a 23 de Abril de 2020 (InformaTe Yucatán).- Ya es oficial, a partir de este viernes se aplicarán sanciones a quienes no usen cubrebocas cuando circulen en la vía pública o incumplan algunas de las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno del Estado.
Esta tarde, se publicó en el Diario Oficial del Gobierno, el Acuerdo SSY 01/2020 que los yucatecos deberán continuar con el cumplimiento del resguardo domiciliario corresponsable, el uso obligatorio de cubrebocas y solo se permitirá el tránsito de una persona por vehículo.
Asimismo, el Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial y la Secretaría de Seguridad Pública dispondrán operativos de verificación respecto la aplicación de esta medida en el transporte público por parte de los operadores así como de los pasajeros.
Las empresas no esenciales deberán permanecer cerradas y las que siguen hasta hoy laborando, deberán dejar de prestar servicios a partir de este viernes.
Los centros de trabajo cuya actividad esté considerada como esencial, deberán proporcionar cubrebocas o protectores faciales a todo su personal, procurando el manejo adecuado de estos para su correcto cambio y desechamiento. La verificación del correcto cumplimiento de esta medida de seguridad sanitaria en los centros de trabajo estará a cargo de los Servicios de Salud de Yucatán, en términos del artículo 112 en relación con el numeral 111, ambos de la Ley de Salud del Estado de Yucatán.
Los Servicios de Salud de Yucatán dispondrán campañas informativas, a través de medios electrónicos, dirigidas a la población en el estado de Yucatán para el correcto uso, manejo y desechamiento de los cubrebocas o protectores faciales.
También se limita la circulación de vehículos en las vías públicas de jurisdicción estatal. La Secretaría de Seguridad Pública, con fundamento en el artículo 275-M de la Ley de Salud del Estado de Yucatán coadyuvará en el cumplimiento de esta medida de seguridad sanitaria en coordinación con la autoridad sanitaria estatal.
UNA PERSONA POR AUTO
Por cada vehículo de uso particular solo se permitirá como máximo una persona a bordo de este. Excepto, los vehículos que trasladen a una persona que necesite recibir atención médica, en cuyo caso la persona trasladada deberá viajar en el asiento trasero, los vehículos de traslado para personas con discapacidad, en cuyo caso la persona trasladada deberá viajar en el asiento trasero del vehículo. 3. Los vehículos de trabajadores y trabajadoras del sector salud, debidamente identificados, en todas sus especialidades, médica, paramédica, administrativa y de apoyo.
En el caso de los taxis o contratados por plataformas tecnológicas, solo se permitirá el traslado de una persona en el asiento trasero y como máximo dos pasajeros, solamente cuando alguno de ellos o los dos necesiten trasladarse para recibir atención médica.
También habrá cierre de calles y algunas avenidas, incluso, que colindan con el periférico de Mérida.
HASTA 43 MIL PESOS DE MULTA
La persona física o moral que infrinja las medidas de seguridad sanitarias que se disponen en este acuerdo, será acreedora a las sanciones contempladas en las disposiciones legales y normativa aplicables, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos.
De acuerdo a la Consejería Jurídica, dicha multa podría alcanzar los $43 mil pesos, además de 36 horas de arresto.
Las autoridades municipales en el estado de Yucatán, de conformidad con el artículo 115 de la Ley de Salud del Estado de Yucatán, y en el ámbito de su competencia deberán prestar toda la colaboración institucional y facilidades administrativas a las autoridades señaladas en el presente acuerdo, a efecto de lograr la puntual ejecución de las medidas de seguridad sanitaria establecidas en este instrumento.
El acuerdo que entrará en vigor mañana, estará vigente hasta en tanto no se declare el cese de la pandemia de Covid-19 o se deje sin efectos por la autoridad estatal.