fbpx
  • Viernes , 29 marzo 2024

Filtran video de la audiencia donde se impuso prisión preventiva a Robles

Así fue la audiencia, en la que el juez Delgadillo Padierna le dictó prisión preventiva a la ex secretaria de Desarrollo Social; y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.


 

El video de la audiencia del pasado 13 de agosto de Rosario Robles Berlanga, ex secretaria Desarrollo Social y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, fue filtrado este fin de semana y difundido en redes sociales así como por algunos medios de comunicación.

El material, que dura más de una hora, muestra el momento en el que compareció Robles ante el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, en la audiencia en la que fue vinculada a proceso y se le dictó la medida cautelar de prisión preventiva ante el temor de que se fugara; su defensa buscó revertir este recurso, el cual fue ratificado por el mismo juzgador el pasado 22 de octubre.

En la grabación se alcanza a observar y escuchar las intervenciones de la defensa de Robles Berlanga, los argumentos de la propia exfuncionaria federal, de los representantes de la Fiscalía General de la República (FGR) y del juez Delgadillo Padierna, quienes debaten sobre las medidas cautelares que se le dictarían a la ex secretaria ese 13 de agosto de 2019.

Así, tras las intervenciones de los representantes de la Fiscalía General y tras los alegatos de su defensa, Rosario Robles, con la voz entrecortada y un tanto ronca “por el aire acondicionado” como explicó ella misma, expone:

“En primer lugar, como han señalado mis abogados yo me he presentado aquí de manera absolutamente voluntaria, estaba fuera del país y regresé precisamente para atender a este citatorio, a este proceso ante usted, aquí he estado presente, tanto en la primera sesión, yo no sé conducirme en términos jurídicos, voy a hablar muy coloquialmente y en esta segunda en la que se ha presentado mi defensa”.

“Vivo en la misma casa hace 24 años, soy ya casi oriunda del pueblo Los Reyes, Coyoacán, donde nació mi hija, he trabajado toda mi vida en esta ciudad tanto en la administración pública como también prestando servicios, porque siempre he vivido de mi trabajo, no tengo patrimonio alguno que me permita sustraerme de la justicia. Yo no tengo millones de pesos para irme a Canadá a vivir y luego regresar impunemente, yo soy una mujer que ha vivido de su trabajo, siempre, y hoy además imposible de tener acceso a recurso alguno porque mi única cuenta bancaria y mis tarjetas de crédito están congeladas, no hay manera de que yo pueda tener siquiera un recurso para poder intentar evadir a la justicia”, se escuchar decir a Rosario Robles al juez Delgadillo Padierna.

Rosario Robles acusó además al juez de haberla señalado de haber encubierto al presidente Enrique Peña Nieto y de involucrar a José Antonio Meade, el secretario que le sucedió en el cargo, por el hecho de que en el acta de entrega-recepción se le informó de que había un proceso de auditoría en marcha.

“Se quiere juzgar a través de mi persona actos de terceros. Yo aquí he estado y cuando hablo de que doy la cara es porque siempre la he dado y porque de ninguna manera pretendo evadir esta enorme posibilidad de demostrar que muchos de estos convenios que aquí se han señalado efectivamente se realizaron… a mí no se me está acusando de esos actos, de haber sustraído ese dinero, no se me está acusando de haber desviado 5,000 millones de pesos, entonces bajo esos elementos yo entiendo el apetito del Ministerio Público, ante el hecho de que varios de las personas que han querido procesar se encuentran sustraídos de la justicia, pero yo no soy así (…) yo le pido humildemente que pueda realmente atender todo este proceso con libertad…”, se escucha decir Rosario Robles.

En respuesta a esta intervención y a los argumentos ya presentados tanto por la FGR como por la defensa de Robles Berlanga, el juez Delgadillo Padierna, sobrino de la diputada Dolores Padierna dice lo siguiente:

“A favor de María del Rosario tenemos que se presentó voluntariamente a dos audiencias, lo que revela una actitud voluntaria de la imputada ante el procedimiento antes de ser vinculada a proceso (…) y no hay prueba de que pueda poner en riesgo a los testigos (…) María del Rosario tiene en contra que no tiene arraigo en la Ciudad de México, no se valoran los años que tenga de vivir en su casa, ni la existencia del domicilio sino la falsedad. Su defensor expuso datos de prueba en donde hace tener, por ciento, un domicilio en la alcaldía de Coyoacán, pero una cosa es que exista el domicilio y otra que lo habite, cuando el notificador de este Centro de Justicia Penal Federal fue, usted no estaba, cuando la Policía Federal Ministerial fue, tampoco estaba”.

El juez, según se aprecia en el video, agregó además en esa ocasión que hubo ciertos datos que hacían presumir cierta falsedad para demostrar ese arraigo en la capital como la falta de trabajo “que no es un criterio discriminatario, solo es un criterio que se utiliza para considerar que una persona que no tiene trabajo no tiene algo que la haga o que la apegue a su domicilio” y la falsedad derivada del informe que rindió el Centro Nacional de Desarrollo Institucional (CENAPI), que en materia penal es utilizado de forma constante para fundar y motivar sus resoluciones, según explicó.

“El oficio del CENAPI se emitió porque usted tramitó una licencia de conducir, que es un documento oficial, donde otorgó un domicilio diferente”, explicó el juez.

“También es fundado el argumento del MP que usted tiene una facilidad para abandonar la ley o para ocultarse por los cargos que ha tenido, los ingresos que si bien no se expusieron son públicos… las personas que conoce y que están en su entorno, dejar el pasaporte no le impide esconderse ni salir del país, aunado a ello está la pena a imponer…se le han atribuido de forma probable dos conductas, cada conducta tiene una pena mínima de dos años, que son cuatro años…agravada son más de cuatro años, lo que implica que no alcanzaría beneficio…la pena a imponer no es inconstitucional cuando se argumenta con otro tipo de riesgos como se han referido”, se escucha decir al juez.

Fue así que, Delgadillo Padierna dictó la sentencia: “Es una prisión preventiva justificada, idónea y proporcional conforme a los criterios orientadores de la Corte Interamericana de Derechos humanos; el primero que existe un riesgo de fuga por las posibilidades que tiene a su alcance; el segundo, el análisis de la persona o bienes que lo pudieron favorecer para ello; el tercero, la complejidad del caso, sin que se tome en cuenta la reparación del daño… y lo único que no se considera conforme a la Corte Interamericana de Derechos Humanos son las amenazas de disturbios sociales, como expuso la defensa, este no es un tribunal de carácter social y como se ha expuesto por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es dar una sentencia clara y no popular, por lo tanto se impone la medida cautelar de prisión preventiva justificada…”.

CON INFORMACIÓN DE EXPANSIÓN 

Related Posts

Simple Share Buttons
Simple Share Buttons
error: Content is protected !!